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Incentivos a la I&D

Enviado por Andrés Liberman el febrero 01, 2008 a las 13:14

Durante el mes de Enero fue promulgada la Ley 20.241 que establece incentivos tributarios para aquellas empresas que inviertan en investigación y desarrollo. En efecto, la ley establece que las empresas tendrán derecho a un crédito tributario contra el impuesto de primera categoría (impuesto a las utilidades) de un 35% de su gasto en investigación y desarrollo. Este gasto se debe canalizar a través de contratos certificados por CORFO con instituciones de investigación incluídas en un registro público. Entre los requisitos para ser parte de este registro se incluye que estos centros cuenten con una "organización y medios" suficientes para hacer investigación, y que al momento de postular lleven al menos 2 años de funcionamiento. El Ministerio de Hacienda tiene un plazo de 90 días para generar el Reglamento apropiado.

¿Cuál es la justificación detrás de un incentivo tributario a la investigación y desarrollo? En primer lugar se asume que la investigación y desarrollo financiada por los privados producen suficientes externalidades sociales positivas como para que el gobierno asuma un costo en su implementación. ¿Cuáles serían estas externalidades? Mayor investigación aplicada, resultando en nuevos productos de mayor valor agregado (fundamentalmente pensando en exportaciones), menor dependencia de los commodities, aumento de la productividad agregada y por consiguiente un aumento del producto potencial y del estándar de vida. Por otro lado, la existencia de fuentes de financiamiento (por ejemplo, créditos tributarios) que apoyen la investigación y desarrollo a nivel primario intenta corregir distorsiones producidas por asimetrías de información inherentes. Quien financia un proyecto de investigación y desarrollo aplicado tiene poca información sobre su desenlace (menos que quien lo ejecuta), lo que desemboca en incentivos perversos. Esto resulta en un nivel de investigación y desarrollo menor al "óptimo social". El sector privado se hace cargo de estas asimetrías, pero generalmente esto sucede con nuevas empresas que ya han pasado alguna etapa de desarrollo y viabilidad económica (Evan lo describe para los startups en Silicon Valley aquí) . Por ende aquellos proyectos más "áridos", como por ejemplo, investigación pura (aunque aplicada), no reciben el financiamiento necesario puesto que no necesariamente tienen un valor económico evidente a priori.

A mi juicio hay un tercer elemento en juego a la hora de diseñar incentivos correctos para la investigación y desarrollo, y tiene que ver con factores culturales (ver mis ideas al respecto aquí). ¿Por qué en Finlandia el 80% del gasto en I&D es realizado por empresas privadas (de un muy alto 3,5% del PIB)? Pienso que los factores culturales, entre los que destaco la alta valoración del fracaso, juegan un rol trascendental. Si es posible compararla de alguna manera, la valoración del fracaso es mucho peor en Chile, especialmente entre los empresarios grandes (que son quienes cuentan con la escala necesaria para poder financiar proyectos). Y esto por una razón bastante sencilla: muchas veces el statu quo es una estrategia dominante, y quien fracasó necesariamente intentó en algún minuto cambiar esa inercia. Resultado: nadie tiene incentivos a invertir en I&D. Ahora, cuando se compite en el mundo, el statu quo no es una alternativa: la innovación es un imperativo. Por ello, una iniciativa que intente romper con una tradición sedentaria en investigación y desarrollo me parece que va en la dirección correcta.

¿Qué podemos esperar de esta nueva ley? Si el diseño es correcto, esto debiese redundar en un aumento de empresas financiando proyectos de investigación y desarrollo, por ende (si el gobierno no disminuye su gasto) en un mayor nivel absoluto de investigación aplicada y de ahí a efectos notorios en la economía, como por ejemplo nuevos productos o procesos más eficientes. Pero es posible también que se generen situaciones anómalas. Por ejemplo, el hecho de que haya un registro de centros de investigación podría producir una especie de cofradía, con un objetivo distinto a maximizar la calidad de los centros que lo conforman. Por otro lado, las empresas podrían intentar pasar por I&D gastos que no necesariamente lo constituyan, resultando en una menor recaudación del gobierno a cambio de nada. De todas formas, me parece que esta nueva ley representa una innovación muy importante en términos de la estrategia de desarrollo que queremos para nuestro país.

Ver la ley Ley 20241.pdf, link a congreso aquí, respuestas a la noticia aquí y aquí.


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